El capitalismo ha formulado su tipo ideal con la figura del hombre unidimensional. Conocemos su retrato: iletrado, inculto, codicioso, limitado, sometido a lo que manda la tribu, arrogante, seguro de sí mismo, dócil. Débil con los fuertes, fuerte con los débiles, simple, previsible, fanático de los deportes y los estadios, devoto del dinero y partidario de lo irracional, profeta especializado en banalidades, en ideas pequeñas, tonto, necio, narcisista, egocéntrico, gregario, consumista, consumidor de las mitologías del momento, amoral, sin memoria, racista, cínico, sexista, misógino, conservador, reaccionario, oportunista y con algunos rasgos de la manera de ser que define un fascismo ordinario. Constituye un socio ideal para cumplir su papel en el vasto teatro del mercado nacional, y luego mundial. Este es el sujeto cuyos méritos, valores y talento se alaban actualmente. (Michel Onfray)


lunes, 29 de octubre de 2012

VIVIENDA: ¿DERECHO SOCIAL O MERCANCÍA? (2012)





El derecho a la vivienda es un derecho social incluido en numerosos tratados internacionales y en las legislaciones de los estados europeos, pero de hecho estas evitan hacer referencias concretas al compromiso adquirido y ni especifican si una persona puede invocar su derecho a una vivienda en caso de no poder obtener una con sus propios medios ni, mucho menos, explican cómo podrían hacerlo.

En nuestro rudimentario y menguante Estado del Bienestar, la administración no ha considerado nunca el derecho a disfrutar de una vivienda digna desde el punto de vista de los derechos sociales, sino que siempre ha creído más importante el mercado inmobiliario que la ciudadanía.

En los últimos años, el problema del acceso a la vivienda ha empeorado debido al protagonismo de la construcción en el desarrollo económico del Estado. La política de vivienda se basó en buena parte en la concesión de ayudas a promotores y compradores, algo muy conveniente para los promotores que hicieron buenos negocios al abrigo del dinero público, pero que no fue de ayuda precisamente para los compradores. Una consecuencia de ello fue que se favoreciera con dinero público la construcción de viviendas para la venta en detrimento de la de viviendas de alquiler. Además, en 1985 la dificultad de alcanzar una vivienda se agravaba con un decreto promulgado por el ministro socialista Boyer que eliminaba la protección a los inquilinos.

Veinte años después, el gobierno de Zapatero proclamó unos cambios que hacían concebir esperanzas: la creación de un Ministerio de la Vivienda y el anuncio de la voluntad de fomentar el alquiler. Estos buenos deseos no acabaron dando ningún fruto apreciable y la crisis económica ha obstaculizado aún más que antes la posibilidad de alcanzar una vivienda digna.

Los problemas derivados de una falta de programación o de una planificación errática en la tarea de hacer efectivo el derecho a una vivienda digna tienen a buena parte de la población entre la espada y la pared. Quizá el tanto por ciento de personas sin techo —que viven en la calle— o sin hogar —que viven en albergues— no es todavía muy significativo, pero cada vez hay más que sufren inseguridad en su lugar de alojamiento —por la amenaza de desahucio, porque viven en viviendas saturadas o sin condiciones de habitabilidad— o que —entre nuestra juventud— no pueden independizarse por la conjunción de salarios miserables y precios de venta o alquiler inasequibles.

¿Qué políticas de vivienda podrían ayudar a escapar de este callejón sin salida? Evidentemente, un amplio abanico de medidas que contemplara las necesidades de los diferentes tipos de afectados: creación de pisos tutelados para personas sin techo y de ayudas públicas para personas que no puedan afrontar los gastos iniciales de un alquiler; intervención de la administración pública para evitar los desahucios mediante asesoramiento jurídico y gestiones de conciliación, y disposición de viviendas públicas para cederlas en casos de emergencia; proposición de incentivos a los propietarios de viviendas vacías para que los alquilen y creación de viviendas sociales en régimen de cesión de uso de la administración pública a los residentes y, por último, aplicación estricta del reconocimiento del derecho a la vivienda mediante la creación de estructuras administrativas con competencias específicas y protocolos ágiles y concretos que permitan exigir su aplicación por vía judicial.


(Versión en castellano del texto «Habitatge: dret social o mercaderia?», publicado en Diari de Terrassa, 26 d'octubre de 2012.)


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